La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el sobreseimiento del periodista Ari Lijalad en la causa iniciada por el presidente Javier Milei por calumnias e injurias. El tribunal, con voto del camarista Leopoldo Oscar Bruglia, ratificó el fallo de primera instancia y dio por finalizada la acción penal, al considerar que las expresiones cuestionadas están protegidas por la libertad de prensa.
El conflicto se originó tras una nota publicada en el portal El Destape, donde Lijalad analizaba el vínculo del mandatario con los medios y trazaba una comparación con discursos autoritarios. En junio de 2025, el juez Daniel Rafecas ya había desestimado la denuncia al entender que se trataba de opiniones críticas sobre un funcionario público, en línea con el precedente “Kimel vs. Argentina” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Tras la apelación de Milei, la Cámara fue aún más contundente al señalar que los funcionarios públicos cuentan con menor protección penal frente a críticas vinculadas a su gestión. En ese sentido, el fallo advirtió que el uso del derecho penal no puede convertirse en un mecanismo para desalentar el debate público, y concluyó que las expresiones del periodista se enmarcan dentro de asuntos de interés general, quedando plenamente amparadas por la libertad de expresión.
