DENUNCIAS SIN PRUEBAS Y POSIBLES DELITOS: LA JUSTICIA PONE LÍMITES A UNA PRÁCTICA REITERADA DE SECTORES LIGADOS A LA LIBERTAD AVANZA

La intervención del Ministerio Público Fiscal de La Rioja ante las acusaciones mediáticas contra el padre David Scalzo sentó una posición institucional clara: las denuncias públicas sin pruebas, el hostigamiento y la difamación no están amparados por la ley y pueden constituir delitos penales. La actuación judicial no respondió solo a un caso puntual, sino que buscó marcar límites frente a prácticas que se han vuelto frecuentes en el debate público.

El fiscal general Javier Vallejos fue categórico al afirmar que no existe ninguna denuncia formal ni registro judicial por abuso sexual contra el sacerdote, y que las imputaciones surgieron únicamente de publicaciones en medios y redes sociales realizadas por un particular. Ante ello, la Justicia ordenó el cese del hostigamiento, la eliminación de los contenidos y la notificación formal al autor de las acusaciones.

Desde el punto de vista legal, Vallejos advirtió que la reiteración de estas conductas tras una orden judicial puede configurar el delito de desobediencia a la autoridad, y que, si las imputaciones carecen de sustento probatorio, también podrían encuadrarse como falsa denuncia. En ese sentido, la Justicia remarcó que la acusación pública irresponsable no es un recurso legítimo y genera responsabilidades penales.

El pronunciamiento adquiere especial relevancia en un contexto político donde sectores vinculados a La Libertad Avanza han impulsado reiteradamente acusaciones graves sin respaldo judicial. La Justicia riojana dejó en claro que la libertad de expresión no habilita la difamación y que el debido proceso no puede ser reemplazado por el escrache mediático, reafirmando así principios básicos del Estado de Derecho.

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